La provincia extiende la licencia por duelo a los empleados públicos: criterios y alcance de la medida

La autoridad ejecutiva de la Provincia de Buenos Aires aprobó la norma 15.671, la cual concede una licencia por luto de hasta cuarenta y cinco días consecutivos, con percepción completa del salario, a los empleados de los tres poderes del Estado provincial que cuenten con hijos menores de dieciocho años o con discapacidad sin restricción etaria, cuando fallezca el progenitor responsable. Dicha disposición se dio a conocer el pasado viernes en el Boletín Oficial de la provincia.
Objetivo de la disposición
El proyecto, promovido por la legisladora Lucía Iañez (Unión por la Patria), obtuvo la aprobación final en la Legislatura de la Provincia el seis de octubre.
La propuesta contó con el impulso de Lucía Iañez.
Conforme al contenido normativo, la solicitud de la licencia debe presentarse en el plazo de diez días desde el deceso. La ventaja se extiende a todo el personal adscrito a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia, sin discriminación de sexo.
Esta normativa reemplaza el artículo primero de la Ley 13.459 y anula sus artículos segundo y tercero. Según la información disponible al momento de su promulgación, la redacción anterior hacía referencia al “personal masculino” y al fallecimiento de la madre. Con la modificación, la disposición incorpora las diversas configuraciones familiares al mencionar al “corresponsable parental”.
Fuente: Ambito.com





