¿Qué planes puedo cobrar si estoy en blanco?
Todos los trabajadores registrados tienen una serie de derechos y obligaciones que tanto ellos como su empleador deben cumplir. Mucha gente se pregunta qué planes de Anses se pueden cobrar si trabajás en blanco.
Todos los derechos y obligaciones de los trabajadores están regulados por la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué puedo cobrar en Anses si estoy en blanco?
Los trabajadores que están en blanco tienen la posibilidad de cobrar ciertos planes sociales de Anses.
Las asignaciones que se pueden cobrar siendo trabajador registrado son las siguientes.
Asignación prenatal
Esta asignación es el pago mensual del monto equivalente a la asignación por hijo. Se puede cobrar acreditando el embarazo, a partir de las 12 semanas de gestación hasta el mes del nacimiento.
Asignación por maternidad
Las madres que trabajen en relación de dependencia o en casas particulares pueden solicitar la asignación.
Asignación familiar por hijo/a o por hijo/a con discapacidad
Los trabajadores en blanco pueden cobrar asignaciones de Anses
Los trabajadores registrados en relación de dependencia y con ingresos del grupo familiar que se encuentran entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar pueden tramitar el pago de la asignación.
Asignación familiar por ayuda escolar anual
Los padres que trabajan en blanco pueden acceder al pago anual por escolaridad o rehabilitación del hijo.
Asignación familiar por matrimonio
Si un trabajador o su pareja trabajan en relación de dependencia pueden recibir el pago de esta asignación por única vez al contraer matrimonio.
Asignación familiar por nacimiento o adopción
Los trabajadores en relación de dependencia pueden cobrar el pago extraordinario por el nacimiento o adopción de un hijo.
¿Qué beneficios tengo cuando estoy en blanco?
Los beneficios del trabajo registrado pueden variar según el tipo de trabajo ya que los empleadores y sindicatos establecen las condiciones de trabajo de cada rubro.
Las condiciones de salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, capacitación profesional, entre otras, pueden variar según la rama de actividad.
Sin embargo, trabajar en blanco tiene una serie de beneficios generales que deben cumplirse.
Obra social
La obra social es un beneficio que los trabajadores en blanco deben tener.
Los trabajadores en relación de dependencia tienen que tener una obra social
Seguridad social
Los empleadores y empleados deben realizar los aportes y contribuciones al sistema respectivamente.
La seguridad social tiene el objetivo de proteger a los trabajadores ante contingencias y necesidades de carácter social.
Riesgos asegurados
Todas las personas que trabajan en blanco deben tener asignada una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) a la que pueden recurrir en caso de tener un accidente laboral o enfermedad profesional.
Feriados nacionales
Los empleados en blanco suelen no trabajar los días de feriado nacional. En caso de hacerlo, corresponde recibir un mayor salario.
Asignaciones
Los trabajadores en relación de dependencia pueden cobrar las asignaciones ya mencionadas.
¿Qué planes puedo cobrar si no trabajo?
Las personas que no tienen trabajo pueden cobrar el seguro por desempleo que otorga el Gobierno. El plan busca contrarrestar la caída de ingresos generada por la pérdida involuntaria del trabajo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda de un nuevo empleo.
Los trabajadores de la construcción pueden acceder al seguro por desempleo
La prestación por desempleo la pueden recibir las personas que trabajaban en relación de dependencia o en construcción. Cada grupo cuenta con una serie de requisitos y obligaciones para recibir el beneficio.
Prestación de desempleo para trabajadores en relación de dependencia.
Los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justa, por finalización de contrato o por causas externas a él, pueden solicitar la prestación por desempleo.
Los requisitos y obligaciones dependen del tipo de trabajador, por un lado, los trabajadores permanentes deben contar con al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
Los trabajadores eventuales y de temporada deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
El monto y la cantidad de cuotas que se cobra por la prestación se calculan según los ingresos del trabajador y de los meses trabajados, en los que hubieron aportes, durante los últimos tres años.
La cantidad de cuotas que se cobra el seguro por desempleo puede variar entre 2 y 12 meses. Los empleados mayores a 45 años cobran el plan durante 6 meses más.
Prestación por desempleo para trabajadores de la construcción
La prestación está destinada a trabajadores de la construcción despedidos sin causa justa o por finalización de obra.
Para recibir el seguro por desempleo, los trabajadores deben haber trabajado al menos 8 meses con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
El monto y la cantidad de cuotas para los trabajadores permanentes se calcula según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos 2 años, al igual que para los trabajadores eventuales o de temporada que trabajaron un año o más.
Las cuotas de la prestación por desempleo pueden variar entre 3 y 8 meses.
Aquellos que trabajaron menos de un año, podrán cobrar un día por cada 3 de servicio. Las personas mayores de 45 años cobran el plan durante 6 meses más.