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El Gobierno busca extender jubilación anticipada a desempleados

El proyecto de una diputada del oficialismo busca extender el beneficio que rige por decreto del 2021. Proponen fijarlo a través de una ley del Congreso

Por Maru pol

22/06/2023 – 19,25hs

Ante la situación económica actual, el oficialismo impulsa un proyecto para extender la prestación establecida en 2021 por decreto del gobierno de Alberto Fernández.

Se trata de una iniciativa de la diputada nacional del Frente de Todos, Gisela Marziotta, que propone extender el beneficio que rige actualmente y según el cual se establece una jubilación anticipada para aquellas mujeres con 55 años de edad cumplidos y 60 los hombres, y que se encuentren en una situación de desempleo.

Según la iniciativa, el beneficio extraordinario podrá ser solicitado hasta los dos años posteriores al comienzo de su vigencia. La medida busca asegurar el 80% del haber jubilatorio a todas aquellas personas que cumplan con uno de los dos requisitos fundamentales para acceder al beneficio.

«Es sabido que las personas que pertenecen a esa franja etaria tienen grandes dificultades conseguir empleo y también para generar ingresos propios durante el tiempo que los separa de la edad legal para jubilarse, por lo que es evidente que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social», aseguró Marziotta a iProfesional.

Jubilaciones anticipadas: el Gobierno busca extender el beneficio que vence el 30 de septiembre

Además, Marziotta recordó que las disposiciones que establecieron ese beneficio finalizarán el próximo 30 de septiembre, por lo cual «es urgente la necesidad de procurar la extensión de la PPA, dado que los presupuestos de la realidad social y económica que motivaron la institución del beneficio, continúan al día de hoy», advierte.

La legisladora, a su vez, propone que ese beneficio sea establecido por una ley del Congreso -que deje atrás el decreto de 2021- y se haga a través de la vía parlamentaria, para que no sea potestad de un gobierno, sino que sea una política de Estado y se asegure así su permanencia en el tiempo.

Según la diputada del FDT, la propuesta «contiene muy bien la situación y va generar la posibilidad de ingreso de gente nueva al mundo laboral».

En ese sentido, Marziotta puso de relieve que la conquista de este derecho empezó el 16 de diciembre de 2004, cuando el Congreso sancionó la Ley 25.994, impulsada por el entonces presidente Néstor Kirchner. Destacó como antecedente la moratoria previsional que finalmente fue aprobada el 28 de febrero de este año, a pedido del bloque del Frente de Todos.

Ese mecanismo permitirá resolver la situación de unos 800 mil trabajadores y trabajadoras en edad de jubilarse que no cuentan con el total de aportes realizados.

En Argentina, solo una de cada diez mujeres y tres de cada diez hombres tienen la cantidad de aportes necesarios para jubilarse, por ello, según Marziotta «se requieren acciones urgentes tanto del Legislativo y del Ejecutivo».

¿Qué dice el proyecto para extender jubilaciones anticipadas?

  • Créase la Prestación Previsional Anticipada para personas en situación de desempleo (PPA), la que se regirá por las disposiciones de la presente ley y sus normas reglamentarias.
  • Tendrán derecho a la PPA las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
    • Edad: haber cumplido sesenta (60) años de edad los varones o cincuenta y cinco (55) años de edad las mujeres;
    • Servicios: acreditar treinta (30) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad;
    • Situación de desempleo: acreditar encontrarse en situación de desempleo hasta un mes de la entrada en vigencia de la presente ley.
La diputada Marziotta busca extender el beneficio para desempleados

La diputada Marziotta busca extender el beneficio para desempleados, próximos a cumplir la edad jubilatoria.

  • El monto del haber que percibirán las personas beneficiarias de la PPA será el equivalente al ochenta por ciento (80 %) del haber calculado a la fecha de solicitud, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, no pudiendo en ningún caso resultar inferior al haber mínimo garantizado en los términos del artículo 125 de la Ley N° 24.241.
  • La PPA es un beneficio de carácter extraordinario, por lo que no corresponde su otorgamiento en cualquier supuesto en que la persona tenga derecho a un beneficio de tipo ordinario.
  • En caso de fallecimiento del beneficiario o de la beneficiaria de la PPA instituida por el presente, el derecho a pensión de sus causahabientes se regirá y se otorgará conforme las previsiones del régimen de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificaciones.
  • El goce de la PPA es incompatible con la realización de actividades en relación de dependencia o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
  • El financiamiento de las disposiciones de la presente ley será atendido con las partidas que se determinen en la Ley de Presupuesto Nacional.

Jubilaciones anticipadas: ¿cómo es la norma que rige hoy?

La ley establece que las mujeres deben tener al menos 60 años y los hombres 65 para jubilarse. Sin embargo, algunas personas pueden pedir una excepción y dejar de trabajar antes.

En este sentido, la norma vigente destaca:

  • El régimen, lanzado en 2021, está dirigido a personas que ya cumplieron con los 30 años de aportes al sistema previsional, pero que aún no tienen la edad jubilatoria y perdieron el empleo.
  • Estos trabajadores están en condiciones de reclamar ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que les permitan retirarse hasta cinco años antes de lo previsto.
Quien solicite la jubilación anticipada accederá a un 80% del haber que le correspondería cuando cumpla la edad jubilatoria legal.

Quien solicite la jubilación anticipada accederá a un 80% del haber que le correspondería cuando cumpla la edad jubilatoria legal.

Jubilación anticipada: cuáles son los requisitos para acceder al beneficio

Pueden acceder al beneficio las personas que cumplan estas tres condiciones:

  • Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarse: es decir, ser un hombre de 60 a 64 años o una mujer de 55 a 59 años.
  • Haber estado desocupado/a al 30 de junio de 2021. En el caso de monotributistas y autónomos, deben haberse dado de baja previo a esa fecha.
  • Tener al menos 30 años de aportes registrados.

¿En qué consiste y cómo funciona la jubilación anticipada?

La Jubilación Anticipada permite que el beneficiario, sin haber alcanzado aún la edad jubilatoria, pase a cobrar cada mes el 80% del haber que le tocaría al jubilarse a la edad ordinaria.

Los beneficiarios tendrán garantizado ese ingreso, con los ajustes por movilidad correspondientes, hasta que cumplan los 60 años en el caso de las mujeres o hasta llegar a los 65 años en el caso de los hombres.

Finalmente, a partir de ese momento, y de manera automática, comenzarán a cobrar el 100% de la jubilación que les corresponde, sin ningún tipo de quita o compensación. Para tramitar la Jubilación Anticipada los interesados deben presentarse con toda la documentación en una oficina de la ANSES.

Para eso hay que sacar un Turno Web, lo que se puede hacer a través de este sitio oficial ingresando el CUIL del titular y de su apoderado (si tuviera).

Fuente: iprofesional.com

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