La Corte Suprema de Santa Fe anula la limitación constitucional a los salarios de los jubilados

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el límite impuesto a los haberes jubilatorios más elevados, y anuló una sentencia que había puesto en tela de juicio los aportes solidarios contemplados en la emergencia previsional.
A través de dos resoluciones, definidas por una mayoría de cuatro contra tres votos, el máximo tribunal provincial estableció su postura en dos casos que implican una marcada intervención política.
En la causa iniciada por un jubilado de apellido Ramón, la Corte determinó la inconstitucionalidad del tope máximo incorporado en la Ley N.º 6915, normativa que regula el régimen de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe.
La mayoría de los magistrados consideró que dicha restricción vulnera los derechos previsionales adquiridos y distorsiona los principios de movilidad e intangibilidad de los haberes de los jubilados.
En consecuencia, la limitación quedó sin efecto para el pensionista que interpuso la acción, y el pronunciamiento sienta un precedente útil para futuras pretensiones de otros beneficiarios afectados por el mismo tope.
En el segundo expediente, promovido por una docente jubilada contra los aportes solidarios previstos en la Ley N.º 14.283 de Emergencia Previsional, la Corte adoptó una postura distinta.
El tribunal anuló la resolución de primera instancia que había declarado inconstitucional el descuento; no se pronunció, sin embargo, sobre la constitucionalidad del aporte solidario.
La Corte sostuvo que el amparo no constituye la vía procesal adecuada para examinar una cuestión que involucra complejidades técnicas y financieras; por ello, el debate deberá proseguirse mediante la jurisdicción contencioso‑administrativa.
Los fallos generaron un escenario contrastante para los dos principales cuestionamientos judiciales a la reforma previsional: el tope a las jubilaciones quedó invalidado en el caso examinado por la Corte, mientras que los aportes solidarios permanecen vigentes, al menos hasta que una autoridad judicial determine su constitucionalidad.
Las decisiones, adoptadas por 4 votos contra 3, marcan un nuevo capítulo en la controversia judicial sobre la reforma previsional impulsada en Santa Fe y podrían originar nuevas demandas de jubilados y pensionados afectados por dichas medidas.
Aumento de pensiones en la provincia de Santa Fe
El Gobierno de Santa Fe promulgó el decreto que homologa el último acuerdo paritario de la administración pública; con ello, se definieron los incrementos que también beneficiarán a los jubilados y pensionados de la Caja provincial.
El nuevo esquema prevé actualizaciones escalonadas entre julio y diciembre para los trabajadores activos. Como es habitual en el régimen previsional santafesino, esas mejoras se trasladan a los beneficiarios pasivos, aunque con una diferencia sustancial respecto a quienes siguen en actividad.
El decreto firmado por el Ejecutivo provincial establece un modelo de aumentos acumulativos para los empleados estatales que repercute igualmente en las prestaciones gestionadas por la Caja de Jubilaciones de Santa Fe. Los incrementos acordados para los activos son los siguientes:
Para los empleados públicos, la Provincia también fijó pisos mínimos de incremento neto de bolsillo con el objetivo de garantizar una mejora real en los ingresos. Los montos determinados son:
Fuente: Ambito.com





