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Desregulación para fabricar y vender armas: los cambios decretados por el Gobierno

La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) flexibilizó un requisito que debían cumplir los fabricantes y comerciantes de armas y municiones para ingresar o permanecer en el rubro de manera legal. La Resolución 49/2025 se publicó este viernes en el Boletín Oficial.

La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) flexibilizó un requisito que debían cumplir los fabricantes y comerciantes de armas y municiones para ingresar o permanecer en el rubro de manera legal. La Resolución 49/2025 se publicó este viernes en el Boletín Oficial.

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La misma establece que ya no será necesario contar con la habilitación municipal como requisito previo para conseguir la habilitación, rehabilitación, inscripción o reinscripción, por parte de la ANMaC, de instalaciones comerciales e industriales. Algunos de los rubros alcanzados por la nueva normativa son:

  • Usuarios comerciales.
  • Distribuidores mayoristas.
  • Usuarios comerciales minoristas.
  • Talleres de reparación de armas.
  • Fábricas de armas y fábricas de armas en forma no continua (artesanal, hasta un máximo de 1.200 unidades por año).
  • Fábricas de materiales de usos especiales y de repuestos principales de armas.
  • Fábricas de municiones, componentes de munición, elementos de recarga de municiones y recarga comercial de municiones.
  • Talleres de reparación de materiales de usos especiales (vehículos blindados).
  • Talleres de armado de materiales de usos especiales (vehículos blindados).
  • Plantas de destrucción de materiales de usos especiales y depósito de armas y/o municiones.
  • Entidades de tiro con instalaciones propias.
Flexibilización en el mercado de las armas.

En el Artículo 2 del Decreto se estipula que en todos los casos se deberá seguir cumpliendo con los demás requisitos y condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados, conforme lo establece la normativa vigente.

Al mismo tiempo, la inscripción/habilitación de la ANMaC no exime a comercios o industrias del cumplimiento de las normas nacionales, provinciales o municipales que corresponden para el inicio o continuidad de sus actividades.

El documento llevó la firma de Juan Pablo Allan, titular de la ANMAC, y exsenador provincial de Buenos Aires entre 2015 y 2023 en representación del PRO. 

El exlegislador bonaerense fue uno de los presentes en la reunión en la que funcionarios de la exgobernadora María Eugenia Vidal, agentes de inteligencia y empresarios pedían una «Gestapo antisindical». El dispositivo de espionaje y armado de causas quedó en la nada luego de que el poder judicial dictara la falta de mérito.

En diciembre 2024, el Gobierno modificó la ley nacional 20.429 de armas y explosivos y bajó la edad mínima para ser legítimo usuario de armas de 21 a 18 años. Los otros dos requisitos, «no presentar anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante» y la «acreditación de identidad, domicilio real y medios de vida lícitos», siguen vigentes.

El PDF completo con la Resolución

https://drive.google.com/file/d/1LscMtwMrlVlR1uVwOV_RlAZ5E3L7-JOn/view?usp=sharing

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Fuente: Pagina12

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