Ratificaron el procesamiento de Alberto Fernández en la causa por violencia de género
La Cámara Federal porteña ratificó el procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra la ex primera dama Fabiola Yañez. La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah y la disidencia de Roberto Boico.
La Cámara Federal porteña ratificó el procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra la ex primera dama Fabiola Yañez. La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah y la disidencia de Roberto Boico.
Esta decisión de la sala II del Tribunal de Apelaciones Cámara Federal desestimó los planteos de nulidad presentada por la defensa de Fernández y dejó al ex presidente en condiciones de ser enviado a juicio oral, imputado por «lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas».
Los camaristas también dejaron firme el embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del ex mandatario. Así, la decisión confirma lo resuelto por el juez federal Julián Ercolini y las acusaciones del fiscal Ramiro González.
En su voto, el juez Irurzun valoró que «es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras» y resaltó que los hechos denunciados «sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández».
Además, el juez –que compartió el voto con Farah– recapituló que «se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia y que tenía un alto grado de aislamiento», según las declaraciones hechas por familiares directos en la causa.
Para valorar esa prueba, los camaristas decidieron dar dimensión al contexto en el que ocurrieron las denuncias. «Yañez era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario», agrega el voto de Irurzun y Farah.
«Por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando», considera el voto de 82 carillas.
Por suparte, el camarista Boico votó en minoría por dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa. En el voto en disidencia, Boico sostuvo que faltaron realizar medidas de prueba sobre los golpes que acusó la ex primera dama y sobre las amenazas que dijo haber recibido para no formular la denuncia con anterioridad.
Sobre los golpes, Boico consideró que «no es posible determinar las fechas y horarios» de los fotos y videos presentados como prueba por Yañez y apuntó que el famoso moretón en el ojo habría sido registrado un día antes de un viaje oficial de Yáñez a Misiones, en un vuelo que compartió con otras personas.
En ese sentido, el camarista señaló que «no se les tomó testimonio» a las personas que realizaron ese viaje a Misiones para acreditar la existencia del golpe en el ojo. «El expediente cuenta con los dichos de personas que sí fueron citadas a prestar declaración testimonial. Empero, sus dichos sobre los acontecimientos en cuestión fueron ignorados, omitidos o fragmentados», señaló el camarista.