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La resolución de Servini que allana el camino de Cristina Kirchner a la presidencia del Partido Justicialista

La jueza federal electoral María Romilda Servini finalmente rechazó el pedido de los apoderados de la lista «Federales, un grito del corazón», que encabeza el gobernador riojano, Ricardo Quintela, de suspender la elección interna del próximo 17 de noviembre del Partido Justicialista. La jueza consideró que la decisión de la junta electoral partidaria de impugnar la lista de Quintela –por no contar con los avales correspondientes– es correcta. De esta manera la junta electoral del PJ está en condiciones de proclamar a Cristina Fernández de Kirchner, que encabeza la lista «Primero la Patria», como la nueva titular del peronismo a nivel nacional. Según referentes de la lista de CFK, la proclamación debería producirse en los próximos días.

La jueza federal electoral María Romilda Servini finalmente rechazó el pedido de los apoderados de la lista «Federales, un grito del corazón», que encabeza el gobernador riojano, Ricardo Quintela, de suspender la elección interna del próximo 17 de noviembre del Partido Justicialista. La jueza consideró que la decisión de la junta electoral partidaria de impugnar la lista de Quintela –por no contar con los avales correspondientes– es correcta. De esta manera la junta electoral del PJ está en condiciones de proclamar a Cristina Fernández de Kirchner, que encabeza la lista «Primero la Patria», como la nueva titular del peronismo a nivel nacional. Según referentes de la lista de CFK, la proclamación debería producirse en los próximos días.

El texto del fallo de Servini dice que tras una evaluación de «los hechos enunciados por la Junta
Electoral y los fundamentos esgrimidos en la resolución mediante la
cual se tuvo por no oficializada la lista de la apelante, corresponde
señalar que además de las observaciones efectuadas a algunas
candidaturas de la lista recurrente la cuestión principal abordada en la
resolución atacada guarda relación con el incumplimiento de la
debida presentación de avales efectuada por la actora».

En otro tramo, Servini recuerda que la lista de Quintela no cumplió con el requisito de la cantidad de avales exigidos por el reglamento electoral del PJ. El piso requerido es del 2 por ciento del padrón electoral nacional partidario. Sobre el particular el escrito judicial sostiene que tras la evaluación realizada por la Junta electoral partidaria se contabilizaron «48.751 avales
válidos, siendo un número muy inferior al requerido por la normativa
partidaria (Piso mínimo reglamentario es de 62.465 avales)». Es más, recuerda que a pesar de la extensión del plazo para presentar los avales faltantes, la lista de Quintela no cumplió con la exigencia.

En cuanto a la queja presentada por los apoderados de la lista de Quintela sobre la validez del control de los avales que hizo la junta electoral, el juzgado de Servini sostiene que «Federales, un grito de corazón» dice haber presentado 70.531 avales. Afirma también que la juntal electoral contabilizó 60.755 y que unos 6.809 fueron observados por estar la información incompleta, como la falta de las fotocopias de DNI, planillas fotocopiadas o «sin las firmas de los avalistas». Había también, dice el juzgado, otros cinco mil avales que tenían otro tipo de falencias. 

Ante ello, Servini afirma que los apoderados de Quintela «no acompañaron elementos probatorios que permitan realizar un
análisis distinto al que fuera llevado a cabo por la Junta Electoral, en
relación a la falta de cumplimiento de los requisitos esenciales en
cuanto a la cantidad y validez de los avales presentados». Es más, la jueza afirma que «se
limitaron a mostrar su disconformidad con el control realizado con la custodia del material, no precisando objetivamente por
ejemplo cuales han sido las planillas que no fueron contabilizadas».

Servini se expresó también sobre la ausencia de argumentos por parte de los representantes de Quintela, Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni a la hora de rechazar la decisión de la junta electoral partidaria. «Sólo expresa
su descontento con lo resuelto, puesto que no existen argumentos
distintos a los que analizara la Junta Electoral Nacional, no
acompañando ningún elemento que permita sostener que la Junta
Electoral haya actuado de manera parcial favoreciendo a la otra lista
participante», destaca la resolución de Servini. 

En el planteo que habían realizado los apoderados Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, se destacaba una supuesta «falta de interés de realizar los comicios por parte de la Junta
Electoral» y, sobre todo, la ausencia de una depuración de los padrones de afiliados. La jueza destaca que estas observaciones se hicieron con posterioridad al rechazo a la lista de Quintela por la falta de avales.

La resolución completa de Servini

https://drive.google.com/file/d/1sK-VQwcPEvWmAlmigi0kMhf-vNhXcjhE/view?usp=drive_link

Fuente: Pagina12

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