Procesaron a cinco policías porteños por matar a un ladrón desarmado en Parque Chacabuco
Cinco efectivos de la Policía de la Ciudad quedaron procesados como coautores de «homicidio agravado» de un ladrón desarmado que el mes pasado murió de un tiro por la espalda tras una persecución por el barrio porteño de Parque Chacabuco, y si bien el juez les había dictado la prisión preventiva, todos los imputados ya fueron excarcelados por la Cámara del Crimen, informaron este lunes fuentes judiciales.
El procesamiento -al que tuvo acceso Télam- fue dictado por el juez en lo Criminal y Correccional 20, Hugo Decaria, en orden al delito de «homicidio agravado por haberse cometido en abuso de su función», que prevé la pena de prisión perpetua, en perjuicio de Iván Ezequiel Kresta Orellano (27).
Los cinco policías porteños procesados son Sebastián Nicolás García, Francisco Julián Rodolfo Rodríguez, Rodrigo Ezequiel Giraudo, Fernando Nicolás Correa Aquino y Sergio Manuel Fernández.
En el caso de un sexto policía que en su momento también fue detenido, Carlos Alexis Duarte, el magistrado resolvió liberarlo y dictarle la falta de mérito -aunque continúa debajo investigación-, luego de que aclarara en su indagatoria que él no había abierto fuego y que dicha circunstancia en principio estaba avalada porque su pistola fue secuestrada con su cargador completo con 17 cartuchos.
En la descripción del hecho, el juez les imputa a los cinco procesados «haber dado muerte en el curso de una persecución policial a Iván Ezequiel Kresta Orellano, el día 17 de marzo de 2022, en Cachimayo al 1890 de esta ciudad, a resultas de una herida de bala en el tórax provocada por un disparo de arma de fuego».
Todo había empezado en el mismo sitio, donde Kresta Orellano le arrebató el morral a una mujer de 62 años. y huyó en un Ford Fiesta, que fue perseguido por patrulleros de la comisaría vecina 7B por varias cuadras a la redonda, hasta que terminó muerto de un tiro que le ingresó por la espalda y el auto chocado contra otro que estaba estacionado.
En el rodado no había armas de fuego y se encontró el proyectil que atravesó el tórax del ladrón fallecido.
Esa bala encamisada está secuestrada para cotejos balísticos con las armas de los seis policías que inicialmente admitieron haber disparado y fueron detenidos, pero también con las secuestradas preventivamente a otros 10 policías que llegaron a la escena pero negaron haber abierto fuego.
A la hora de evaluar la responsabilidad de los acusados, Decaria tomó en cuenta varios elementos, entre ellos, que el ladrón venía de cometer solo un arrebato, que estaba desarmado y que recibió un tiro por la espalda.
«El proceder policial no sólo no guarda relación con los protocolos de actuación en la materia. Exponen en forma palmaria una actuación desmedida e irregular», señala la resolución.
El juez tampoco le creyó a los policías su versión de que abrieron fuego porque el delincuente chocó patrulleros e intentó atropellarlos en distintas etapas de la persecución y tampoco que siempre dispararon apuntando a los neumáticos.
«Corresponde tener por cierto que los imputados dieron muerte a Kresta Orellano en respuesta al conato de fuga», afirmó el magistrado y agregó: «Su obrar los coloca en un área de responsabilidad penal».
«En efecto, si un policía incumple su deber al límite de poner en peligro la vida de una persona que, por su condición debe proteger –aun cuando debiera detenerla- torna vano cualquier alegato en punto a haber actuado en procura de proteger su integridad física», explicó Decaria.
Si bien el juez resolvió los procesamientos el lunes pasado, sin tener los resultados periciales de balística, identificó entre los cinco policías procesados a quien él cree pudo ser el autor del homicidio.
«Todo parece indicar que del último disparo que García dijo efectuar ‘al neumático’ es el que diera muerte por la espalda al fugitivo, a poco que se recuerde que la bala ingresó cerca de la escápula y salió por el tórax», sostuvo Decaria.
Sin embargo, no le restó responsabilidad al resto y procesó a los cinco como «coautores» al sostener que «cuadra responsabilizar por la muerte a todos aquellos que abrieron fuego en el marco de la persecución, independientemente de quien haya sido el policía que haya efectuado el disparo letal».
Al momento de fundamentar la calificación, el juez indica que la conducta encuadra en el «homicidio agravado» contemplado en el inciso 9no. del artículo 80 del Código Penal por «haberse cometido en abuso de su función o cargo al revestir la parte imputada la calidad de miembro integrante de una fuerza de seguridad, en este caso la Policía de la Ciudad de Buenos Aires».
Y descartó de plano tanto la figura de la legítima defensa como la de un exceso en ese marco.
«Como se ha valorado en los párrafos precedentes, no hubo por parte de la víctima una agresión ilegítima que justifique la conducta policial aquí analizada», dijo el juez al respecto y recordó que Kresta Orellano «no portaba un arma de fuego».
A la hora de analizar el dolo de los policías, el magistrado sostuvo que «pese a que existían medidas alternativas igualmente disuasivas y razonables, optaron por aquella que invariablemente acabaría con la vida de la víctima».
Pese a que Decaria les había rechazado las excarcelaciones y les dictó a los cinco la prisión preventiva por la gravedad del delito, su pena en expectativa y el riesgo de entorpecimiento de la investigación, el jueves pasado, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió darle la razón a la defensa y excarceló a los cinco policías.
Los camaristas Magdalena Laíño e Ignacio Rodríguez Varela dictaron una excarcelación debajo caución institucional (la Policía de la Ciudad garantizará que estén a derecho), caución real o personal de 50.000 pesos y como condiciones les impuso entregar todas las armas que tengan, que se presenten una vez por mes al juzgado y que no puedan tomar contacto con testigos.
Ahora, ante la apelación de las defensas, la misma sala VI de la Cámara analiza y debe resolver si confirma o modifica los procesamientos dictados por el juez Decaria.