Sancionan a WhatsApp en la Argentina por esta infracción contra los usuarios
La Dirección de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo sancionó a Facebook, propietaria de la aplicación de mensajería instantánea
WhatsApp fue castigada por una decisión administrativa del Estado nacional a pagar una multa de 5 millones de pesos (alrededor de unos 50.000 dólares, al tipo de cambio oficial) por sus condiciones de privacidad.
La abogada Johanna C. Faliero celebró la resolución de la Dirección de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, que sancionó a Facebook, propietaria de la aplicación de mensajería instantánea, por los términos y condiciones de WhatsApp y determinó que pague una multa millonaria luego de la denuncia presentada por la letrada el 25 de enero.
🥂🛡💻SÍ, SE PUEDE!!!💻🛡🥂
Multa máxima a WhatsApp por cláusulas abusivas en su cambio de términos y condiciones por la denuncia que realicé en la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo el 25/01/2021!!!!
Una victoria para la #privacidaddedatos 💪 pic.twitter.com/0ywr1kguaT— Dra.Johanna C.FALIERO PhD (@JoyCfTw) January 5, 2022
«Una victoria para la privacidad de datos», manifestó la abogada en Twitter tras la resolución contra WhatsApp. La medida consideró como «abusiva» la modificación de los términos y condiciones del servicio de ya que «restringen los derechos del consumidor y confieren a la compañía la interpretación exclusiva del contrato».
El director nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, Sergio Sebastián Baronelli, declaró «abusivas las cláusulas identificadas» e imputó a la empresa por la infracción al artículo 37° de la Ley N°24.240. Además, otorgó a Facebook un plazo de cinco días hábiles para que acredite la supresión de las estipulaciones declaradas como abusivas.
También insertó cláusulas en sus instrumentos «Términos de uso» y «Política de privacidad» que, por un lado, no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada. Aseguró que resultan abusivas porque desnaturalizan las obligaciones de la firma al limitar su responsabilidad por daños.
Disposiciones de privacidad «abusivas»
Además, consideró que las nuevas disposiciones restringen los derechos del consumidor y confieren a la compañía la interpretación exclusiva del contrato. Por lo que le otorgan la facultad de modificar unilateralmente los términos del mismo, autorizan a la empresa a rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor.
Facebook también deberá abonar la multa impuesta por la medida en el plazo de 5 días hábiles a través del «E-Recauda», sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional perteneciente al Ministerio de Desarrollo Productivo. La resolución también intimó a que la firma infractora publique la parte dispositiva del fallo en los próximos cinco días.
La disposición solo podrá ser impugnada por medio del recurso directo ante la cámara correspondiente. El recurso deberá fundarse dentro de los días posteriores a la notificación y ante la misma autoridad que impuso la sanción. Igualmente, primero debe pagar la multa y presentar el comprobante del depósito con el escrito del recurso, sino el pedido será desestimado.