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Concejo Deliberante: Impulsan exenciones impositivas para Bomberos Voluntarios

La iniciativa responde a una inquietud planteada por la bombero de Ferré, Marianela Sampietro, quien convocó a los jefes de todos los cuarteles y a su vez se solicitaron y tabularon datos de todos los bomberos del distrito, a fin de que puedan contar con algunos beneficios como la eliminación del pago de la tasa de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) para titulares o inquilinos de inmuebles, y de Seguridad e Higiene para quienes tienen un comercio, como así también de las patentes de vehículos municipalizados y bonificación total del costo de obtención o renovación del carnet de conducir.
Asimismo, se solicitó una reserva del 10% de los terrenos o viviendas que se otorguen a través de futuros planes habitacionales en el distrito.
El proyecto destaca la labor desinteresada y sin remuneración de los bomberos; que los subsidios por parte del estado nacional son para la institución, no para su personal, como así también la ayuda de privados es para la institución. Y además, el personal solo cuenta con la obra social IOMA, que le otorga el Estado Provincial, como contraprestación a su labor, al igual que un “retiro” “jubilación” que le otorga el Estado Provincial a través del IPS.
El proyecto considera que se trata de un pedido justo y factible en cuanto a su sostén económico por parte de este Municipio, impulsando y solicitando la aprobación de presente Ordenanza, en cuyo articulado establece lo siguiente:
1º Se establecen exenciones y beneficios para el personal de Bomberos Voluntarios que presten servicio en los cuarteles del Partido de General Arenales y que cumplan con los siguientes requisitos: 3 años de antigüedad en el cuerpo de Bomberos, residencia efectiva en el Partido, ser titular y/o locatario de la vivienda de la cual solicita la exención del ABL, ser titular del vehículo o motovehiculo del cual solicita la exención del impuesto de patente.
2º Se exime del pago de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) de la casa habitación del personal de bomberos que sea de su propiedad o locada, en este último caso debe contar con el contrato de locación y que dicha tasa esté a cargo del bombero locatario.
3º Se exime del pago de patente del motovehiculo o vehiculo, en caso de que esté municipalizado, cuya titularidad esté en cabeza del personal de bomberos.
4º Se exime de la tasa de Seguridad e Higiene al comercio, cuyo titular sea personal de bomberos.
5º Se exime de la tasa de habilitación comercial, cuyo titular sea personal de bomberos.
6º Se bonifique el 100% del costo de los gastos administrativos devengados al momento que un bombero
obtenga o renueve su licencia de conducir.
7º Se reserva para el personal de bomberos, un 10% de terrenos y/o casas de los planes de viviendas que otorgue el municipio.
Fuente: Fm Encuentro 103.1
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