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Por la pandemia, la justicia autorizó a notificar vía digital una multimillonaria demanda

por Redaccion
19 octubre, 2021
Tiempo de lectura: 2 minutos de lectura
por la pandemia la justicia autorizo a notificar via digital una multimillonaria demanda
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La Cámara Nacional en lo Comercial ponderó la actual situación sanitaria por la pandemia de coronavirus y autorizó a notificar por vía digital una manda judicial.

La Cámara Nacional en lo Comercial ponderó la contemporáneo situación sanitaria por la pandemia de coronavirus y autorizó a notificar por vía digital una manda contencioso.

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La Cámara Nacional en lo Comercial ponderó la contemporáneo situación sanitaria por la pandemia de coronavirus y autorizó a notificar por vía digital una manda contencioso, informaron fuentes judiciales.

Esta audacia, que revocó la negativa de primera instancia, la tomó la Sala F de la Cámara en el cordura que Huesca Distribuidora, de Publicaciones SA, inició contra Editorial Planeta, de Agostini SAIC y otros codemandados, por un monto multimillonario en dólares por un conflicto sobre distribución de publicaciones y libros.

Según las fuentes, Huesca argumentó que la pandemia «transformó la forma de porfiar» y remarcó la inconveniencia del procedimiento habitual por el cual debería padecer al chancillería 14 juegos de fotocopias con miles de páginas que incluyan el texto de la demanda y los documentos anexos, para que luego las retiren los accionados.

La distribuidora propuso y logró que se comunicara la demanda y sus anexos mediante cédulas de notificación en las que se deja debida constancia de que la documental se encuentra cargada en el expediente digital de la página de consultas web del Poder Judicial de la Nación.

En su sentencia, la Sala F de la Cámara consideró que, si acertadamente la rigidez formal alega a la aval del «adecuado proceso judicial«, no debe convertirlo en una «culto jurídica» que obstaculice la concierto de las partes, y pase a ser un «impedimento de la justicia«.

El tribunal citó doctrina y consideró «perfectamente válido, más en esta época de pandemia, realizar notificaciones a través de medios no regulados en los códigos procesales, siempre y cuando cumplan su finalidad de transmisión y no ponga al destinatario en desventaja generándole un perjuicio».

Los camaristas Alejandra Tévez, Ernesto Lucchelli y Rafael Barreiro recordaron que con motivo del Covid-19, la Corte Suprema dictó acordadas según las cuales «a partir del 18 de marzo de 2020 todas las presentaciones que se realicen en el ámbito de la Justicia Nacional serán completamente en formato digital».

Con una posibilidad similar a la tomada en otros fueros, se ordenó que se realicen las notificaciones con «expresa constancia que las copias del escrito de demanda y documental no serán remitidas entregado que se encuentran digitalizadas, pudiendo ser visualizadas ingresando al link https://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam«.

Fuente de la noticia: Agencia Telam

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Etiquetas: Sociedad

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