miércoles, 29 de noviembre de 2023
Info Arenales
  • Locales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Deportes
  • Espectaculos
  • Mundo
    • Latinoamerica
  • Turismo
  • Tecnologia
  • Sociedad
    • Cultura
  • Salud
  • Agro
Sin Resultados
Ver Todos Los Resultados
  • Locales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Deportes
  • Espectaculos
  • Mundo
    • Latinoamerica
  • Turismo
  • Tecnologia
  • Sociedad
    • Cultura
  • Salud
  • Agro
Sin Resultados
Ver Todos Los Resultados
Info Arenales
Inicio Nacionales

Estatales vuelven a la presencialidad con un esquema programado

por Redaccion
1 septiembre, 2021
Tiempo de lectura: 4 minutos de lectura
estatales vuelven a la presencialidad con un esquema programado
Compartir en FacebookComparir en TwitterCompartir en WhatsappCompartir en Telegram
 
La vuelta a la presencialidad fue oficializada el 17 de agosto

La vuelta a la presencialidad fue oficializada el 17 de agosto

También podría interesarte

64f614f789438 450

‘Lo que en Menem fue la convertibilidad, con Milei se llama dolarización’

29 noviembre, 2023
644aeea130d33 450

Comenzaron las segundas jornadas de ‘Democratizar es la tarea’

29 noviembre, 2023

Con un esquema de presencialidad programada y alternada, los empleados de la administración pública nacional vuelven desde este miércoles a desarrollar sus tareas en forma presencial, medida que fue decidida ante el avance del plan estratégico de vacunación contra el coronavirus y el descenso de la tasa de casos positivos de la enfermedad.

La vuelta a la presencialidad fue oficializada el 17 de agosto pasado por medio de la Resolución 91, de la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Castellani, y comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional del país, quienes en marzo del año pasado, al dictarse el aislamiento social, preventivo y obligatorio pasaron a trabajar en forma remota.

La norma establece que la modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento”

La medida se resolvió debido a que «se alcanzaron altas coberturas de vacunación con una dosis” y que “la evolución de la pandemia mostró un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”, por lo cual “resulta necesario brindar pautas reglamentarias para éste nuevo período de presencialidad programada”.

La norma dictada apunta al «retorno a la actividad laboral presencial los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19”, autorizadas en la Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, luego de 14 días posteriores a la inoculación».

La norma establece que la modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento.

Quedan exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial sólo los empleados con inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos, con HIV, y trasplantados, y a las personas gestantes.

Quedan exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial sólo los empleados con inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos, con HIV, y trasplantados, y a las personas gestantes”

Las oficinas de recursos humanos de los distintos organismos y jurisdicciones deberán solicitar a quienes fueren convocados, el correspondiente Certificado de Vacunación, al cual podrán acceder desde la aplicación Mi Argentina.

De acuerdo con la resolución, los agentes que sean citados en forma fehaciente para realizar trabajo presencial y no lo cumplieren, “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”.

Podrá realizarse el trabajo remoto cuando, por la adecuación a los protocolos de cuidado contra la Covid-19 aprobado por la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, o por aquellos que fueren aplicables según la normativa vigente, sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial.

En estos casos de alternancia entre presencialidad y trabajo remoto, en el marco de la adecuación a la denominada “presencialidad programada”, se establece que deberán contemplar “las situaciones de las madres, padres, encargados o tutores de niñas y niños de hasta 13 años inclusive, que asistan alternadamente a los establecimientos educativos”.

Cuando los trabajadores hagan uso de la modalidad de trabajo remoto, deberán indicar el domicilio en el que desarrollará sus tareas mediante una declaración jurada”

Asimismo, se podrán prestar servicios presenciales, en un esquema mixto, que incluye a tiempo parcial, en fracciones no inferiores al 50% de la jornada normal, habitual y permanente dispuesta para la categoría de revista de cada agente, o hasta 20 horas semanales, sin exceder la carga horaria prevista para la categoría de cada agente.

También se dispone que quienes presten servicios de manera remota no podrán cambiar el domicilio real denunciado en sus legajos personales a una distancia que supere los 100 kilómetros del mismo, y en aquellos casos en que la mudanza no supere esta distancia, deberán notificar esta circunstancia a sus organismos empleadores.

Cuando los trabajadores hagan uso de la modalidad de trabajo remoto, deberán indicar el domicilio en el que desarrollará sus tareas mediante una declaración jurada, y se deberá además notificar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo respectiva la nómina de incluidos en esta característica, a fin de garantizar la cobertura por accidentes de trabajo.

La medida comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional

La medida comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional

La resolución comprende a los trabajadores que opten por no inocularse, quienes igualmente serán convocados al trabajo presencial, pero se les impone el “deber de actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad, o su equivalente en cada organismo, a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión”.

No obstante, se aclara que en el caso de “continuar con la decisión de no vacunarse, deberán firmar una nota con carácter de Declaración Jurada, expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores”, dice.

En los fundamentos de la resolución se señala que “se alcanzaron altas coberturas de vacunación con una dosis” y que “la evolución de la pandemia mostró un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”, por lo cual “resulta necesario brindar pautas reglamentarias para éste nuevo período de presencialidad programada”.

Fuente de la noticia: Agencia Telam

Comentarios de Facebook

Noticias Relacionadas

64f614f789438 450
Nacionales

‘Lo que en Menem fue la convertibilidad, con Milei se llama dolarización’

por Redaccion
29 noviembre, 2023
644aeea130d33 450
Nacionales

Comenzaron las segundas jornadas de ‘Democratizar es la tarea’

por Redaccion
29 noviembre, 2023
653a67881eaf7 450
Nacionales

Massa se reunió con gobernadores para avanzar en el pago de sueldos y aguinaldos

por Redaccion
28 noviembre, 2023
6422f76760165 450
Nacionales

Un dirigente neuquino de Uocra denunció 500 despidos en Vaca Muerta por los anuncios de Milei

por Redaccion
28 noviembre, 2023
62ea5498f2a61 450
Nacionales

La UTEP celebrará este miércoles su primera elección sindical a nivel nacional

por Redaccion
28 noviembre, 2023
Facebook Twitter Instagram

© 2016-2023 Info Arenales - Registro DNDA RL-2021-109210208-APN-DNDA#MJ - Desarrollo Grupo Universo LGR - General Arenales.

Sin Resultados
Ver Todos Los Resultados
  • Locales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Deportes
  • Espectaculos
  • Mundo
    • Latinoamerica
  • Turismo
  • Tecnologia
  • Sociedad
    • Cultura
  • Salud
  • Agro

© 2016-2023 Info Arenales - Registro DNDA RL-2021-109210208-APN-DNDA#MJ - Desarrollo Grupo Universo LGR - General Arenales.

Este sitio web utiliza cookies. Al continuar utilizando este sitio web, está dando su consentimiento para que se utilicen cookies. Visite nuestra Política de privacidad y cookies .