Programa «Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado»: cómo se aplicará
La medida se hará efectiva a partir de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, según se anunció, será firmado la próxima semana por el presidente, Alberto Fernández, y la propia Raverta.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó hoy cómo será el procedimiento y la fecha en la que se podrán iniciar para que las mujeres que hayan cumplido los 60 años y hayan tenido hijos, puedan completar sus años de aportes y jubilarse a partir del reconocimiento a su trabajo de cuidado de su familia.
El Gobierno Nacional calcula que hay cerca de 155.000 mujeres en edad de jubilarse que no alcanzan a cumplir con los 30 años de aportes y que, a partir del Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, podrán completar este requisito.
💜 • Con el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado damos visibilidad y reparamos una desigualdad histórica y estructural, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos. pic.twitter.com/u2ROrM9Spa
— ANSES (@ansesgob) July 14, 2021
«Es una política hermosa que venimos gestando para las argentinas que dedicaron parte de su tiempo al cuidado de sus hijos e hijas y que tiene que ver con reparar desigualdad», aseguró ayer en un acto la directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta, al anticipar la puesta en marcha de este programa.
La medida se hará efectiva a partir de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, según se anunció, será firmado la próxima semana por el presidente, Alberto Fernández, y la propia Raverta.
«Esta medida pone en valor que, efectivamente, las mujeres trabajamos más y reconoce el valor del cuidado para el derecho al acceso a una jubilación”, aseguró la titular de Anses
El organismo dio este miércoles una serie de precisiones sobre el programa que alcanzará a mujeres en edad de jubilarse -con 60 años o más-, que sean madres y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.
En ese sentido, el organismo dio este miércoles una serie de precisiones sobre el programa que alcanzará a mujeres en edad de jubilarse -con 60 años o más-, que sean madres y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.
Los trámites para obtener el beneficio deberán gestionarse por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) a partir del 1° de agosto y, una vez otorgado, deberán acudir a la oficina que se le asigne con DNI; la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas; la sentencia de adopción si se trata de hijas o hijos adoptados; y, si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, el Certificado de Discapacidad (CUD).
«El reconocimiento computará 1 año por hijo o hija, 2 años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad, 2 años por hijo o hija con discapacidad y 3 años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses», detalló el organismo.
También se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes y, se espera, incluye a cerca de 155.000 mujeres de manera inmediata.
Los trámites para obtener el beneficio deberán gestionarse por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) a partir del 1° de agosto.
«En la actualidad, más de 300 mil mujeres de entre 59 y 64 años que están en edad de jubilarse no pueden hacerlo porque no alcanzan los 30 años de servicio requeridos entre sus aportes registrados y los períodos que pueden reconocerse por la actual moratoria», detalló el Anses.
El organismo invitó a las mujeres que forman parte de este grupo a que ingresen con su CUIL y Clave de la Seguridad Social a la solapa de «Mi Anses» en su web y verifiquen si los vínculos familiares están actualizados en la solapa de «Información Personal» y, luego, en «Relaciones Familiares».
En el caso de que no figuren los datos de alguno de los hijos o hijas de esta persona deberán solicitar un turno para actualizar esa información y presentar el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijos o hijas que no figuren en el registro.
Fuente de la noticia: Agencia Telam