Ibarra precisó que el DNU busca avanzar con la adquisición de vacunas de uso pediátrico

La reforma de la ley de vacunas había sido solicitada por JxC, para poder destrabar la adquisición de vacunas de Pfizer.

La reforma de la ley de vacunas había sido solicitada por JxC, para poder destrabar la adquisición de vacunas de Pfizer.

La secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, aseguró este martes que con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que allana el camino para la firma de contratos con laboratorios estadounidenses productores de vacunas contra el coronavirus, el Gobierno busca avanzar con la adquisición de «un inmunizante para uso pediátrico» en el marco del Plan de Vacunación.

«La única opción para contratar vacunas con los laboratorios estadounidenses era la modificación de la ley» sobre esos fármacos, que se realizó a través de un DNU del Poder Ejecutivo, aseguró Ibarra.

La funcionaria expuso sobre el DNU 431/2021 ante la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que preside el diputado nacional, Marcos Cleri (Frente de Todos), junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y la asesora presidencial Cecilia Nicolini.

En la oportunidad, Ibarra sostuvo que se resolvió la firma del DNU porque había «necesidad y urgencia porque hacía un mes que Pfizer había aprobado» un inmunizante «para uso pediátrico».

Al abrir su exposición, Ibarra comentó que desde que comenzaron a desarrollarse las vacunas, el presidente Alberto Fernández «dio instrucciones para avanzar en conversaciones con todos los laboratorios de todos los proveedores que fuera posible para contar con la mayor cantidad de vacunas para todos los habitantes».

Afirmó que Pfizer «fue uno de los primeros laboratorios con los que se habló» e incluso, recordó, «obtuvo autorización para realizar pruebas con voluntarios y fue la primera vacuna que se aprobó en la Argentina».

Vizzotti informa sobre el DNU que regula y actualiza la ley de vacunas contra el coronavirus.

Vizzotti informa sobre el DNU que regula y actualiza la ley de vacunas contra el coronavirus.

Ibarra puso de relieve además que «la expectativa era poder contar con la vacuna de Pfizer, así como con las demás vacunas», es decir «con todas las que pudiéramos conseguir para poder vacunar a toda la población».

En ese sentido, la funcionaria ratificó que la modificación de la ley «es producto de una larga negociación», al señalar que «esto no es ir a la esquina a comprar un paquete de galletitas: son laboratorios internacionales, con asesores globales, que tiene normas globales. Hemos hecho un enorme trabajo técnico y jurídico para poder acercar posiciones que estaban muy lejos».

Dijo que «surgieron inconvenientes porque plantearon ingresos de alguna claúsulas que no estaban autorizadas por las normas que contenía la ley aprobada por el Congreso» y recordó que eso fue ratificado por el CEO del laboratorio cuando compareció ante la Cámara de Diputados semanas atrás.

Ibarra justificó la utilización del DNU, al señalar que «hay necesidad y porque hay urgencia».

«Hace 1 mes se aprobó la vacuna Pfizer para uso pediátrico para niños de 12 a 17 años y la importancia de contar con esta vacuna cuanto antes para poder vacunar a niños de esa edad con comorbilidades nos resulta prioritario», completó.

“Nos vimos obligados a firmar un DNU por la necesidad de contar cuanto antes con las donaciones que hay de otros países, con las vacunas que podemos recibir del mecanismo COVAX, y sobre todo para poder avanzar en los contratos, a fin de traer vacunas pediátricas y poder vacunar a nuestros niños y adolescentes con comorbilidades”, añadió Ibarra.

Luego, y en el marco de las preguntas, la funcionaria respondió las consultas de los diputados de la oposición que insistieron que se debió modificar la ley y no a través de un DNU y sostuvo que «los tiempos del Congreso Nacional no están previstos para estas emergencias”.

“La Ley 27.573 se presentó el 23 de septiembre, se votó en fines de octubre y se promulgó en noviembre. Gracias a que hubo esta ley, que el legislador (en referencia la radical Luis Petri) no votó, nosotros pudimos contratar y traer millones de vacunas a Argentina”, aseveró Ibarra.

La exposición de Carla Vizzotti

Por su parte, Vizzotti destacó que hasta esta mañana se recibieron en el país casi 28 millones de dosis de vacunas contra el coronavirus y «tenemos 8 millones de dosis para recibir este mes, en diez vuelos desde ahora hasta mediados de julio».

«Contamos con casi 28 millones de dosis, de las cuales ya se ha distribuido el 95%», subrayó la funcionaria.

«El 58 por ciento de las personas mayores de 20 años han iniciado su esquema de vacunación», remarcó la ministra, quien destacó que, en el caso de los mayores de 50 años, «lo hizo el 85 por ciento, y en los mayores de 60 se eleva al 89 por ciento».

Además, dijo que «el 44 por ciento de los mayores de 70 ya han completado su esquema de vacunación» y ratificó que «se está trabajando fuertemente para recibir la segunda dosis de la vacuna Sputnik V».

A lo largo de su exposiciónm las funcionarias explicaron a los legisladores sobre la decisión adoptada para regular y adecuar la ley de vacunas a través del DNU del viernes pasado.

Según Ibarra, "la única opción para contratar vacunas con los laboratorios estadounidenses era la modificación de la ley".

Según Ibarra, «la única opción para contratar vacunas con los laboratorios estadounidenses era la modificación de la ley».

Qué dice el proyecto

Uno de los cambios centrales del DNU es el que elimina la causal de «negligencia» como atributo de responsabilidad del proveedor y reemplaza los términos «maniobras fraudulentas y conductas maliciosas» por «conductas dolosas», concepto incluido en el artículo 1724 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se faculta al Ministerio de Salud a «incluir en los contratos que celebre para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones, con excepción de aquellas originadas en conductas dolosas por parte de los sujetos aludidos».

Otro eje del proyecto es la creación del «Fondo de Reparación Covid-19» para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que alguna persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

El artículo 3° incorpora como artículo 8° bis de la Ley 27.573 la creación del Fondo, cuyo objeto es «el pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus».

Además, establece que «la indemnización a cargo del Fondo por la muerte o incapacidad física total y permanente del damnificado será igual a 240 veces el haber mínimo jubilatorio».

También señala que el Fondo deberá constituirse con una suma igual al 1,25% del valor FCA (Free Carrier, según Incoterms 2020) por dosis de las vacunas suministradas.

Fuente de la noticia: Agencia Telam

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