Evasión en carnes: refuerzan sanciones para que se cumpla una medida de control
El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial dos resoluciones que apuntan a reforzar el cumplimiento del Remito Cárnico Electrónico (REC).
Se trata del documento válido para amparar el traslado automotor de carnes y subproductos en general y que apunta al comercio minorista.
Vale recordar que están obligados a emitir el RUCA "las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que desarrollen las actividades de frigorífico/establecimiento faenador; usuarios de faena; abastecedor; despostadero; consignatario de carnes y consignatario directo".
Por un lado, con la resolución 4566 de la AFIP formalizó como fecha de inicio de disposiciones vinculadas con este punto el 1ero del actual.
En tanto, la resolución 4567 de la AFIP y el Ministerio de Agricultura determinó que se podrá disponer la suspensión preventiva del operador en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) en aquellos casos que:
- Hayan efectuado o encargado traslados de carne bovina, bubalina y/o porcina y subproductos de faena de su propiedad no habiendo emitido el correspondiente Remito Electrónico Cárnico en forma recurrente.
- Hayan efectuado o encargado traslados de carne bovina, bubalina y/o porcina y subproductos de faena de su propiedad habiendo emitido el Remito Electrónico Cárnico indicando un destinatario que no se corresponde con el real, en forma recurrente.
Según la norma, se "entenderán como recurrentes las situaciones señaladas cuando las mismas superen los 10 traslados o el 10 % de los traslados de un mes calendario".
Esta última resolución indica que esto se tomó, entre otros puntos, para "optimizar los controles relacionados con la actividad.."
Fuente de la noticia (La Nacion)