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El constitucional español suspendió la partida presupuestaria del referéndum catalán

por Redaccion
4 abril, 2017
Tiempo de lectura: 3 minutos de lectura
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Mariano Rajoy, presidente de España
La suspensión se produjo de forma automática ante la admisión a trámite del recurso del gobierno español contra los apartados 1 y 2 de la ley de presupuestos de 2017 del Ejecutivo catalán, que asignan fondos a la celebración del referéndum independentista, que es considerado ilegal.
Con esta decisión, la Justicia española frenaría la consulta dificultando que se celebre incluso en la fecha que prometió Puigdemont.
Por unanimidad, el tribunal acordó la "suspensión de la vigencia y aplicación de los presupuestos impugnados", una decisión que deberá ratificar o levantar en el plazo no superior a los cinco meses", según se explicó en un comunicado.
En ese tiempo, el TC deberá pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, es decir, si las partidas presupuestarias son constitucionales o no.
Carles PuigdemontCarles Puigdemont
El recurso presentado por el gobierno del presidente español, el conservador Mariano Rajoy, se basa en la supuesta vulneración del artículo de la Constitución que estable que el Estado tiene competencia exclusiva en la convocatoria de referéndums que puedan modificar la propia Carta Magna.
En su resolución, los magistrados del Pleno del TC advierten explícitamente a Puigdemont y los demás altos cargos de su gobierno "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada".
"En particular, de que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno de disposición de las partidas presupuestarias impugnadas, o de cualesquiera otras" con el fin de financiar cualquier gasto derivado de la preparación, gestión y celebración" del referéndum en cuestión.
Se les avisa también de las "eventuales responsabilidades, incluida la penal", en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento del TC.
Se trata de la primera vez que se extiende la advertencia a todo el Ejecutivo catalán y, al hacerlo, el TC evita alegaciones como las del ex consejero y diputado Francesc Homs, quien dijo desconocer la orden de suspensión dictada en su momento por el mismo tribunal en relación con la consulta secesionista del 9 de noviembre de 2014.
Tanto Homs como el ex presidente catalán Artur Mas, su ex vicepresidenta Joana Ortega y la ex consejera de Educación, Irene Rigau, fueron inhabilitados por haber organizado y celebrado aquella consulta simbólica.
El TC ya había avisado a la presidenta del parlamento catalán, Carme Forcadell, de ahí que la Fiscalía se querelló contra ella por permitir el debate y aprobación de dos resoluciones relacionadas con el proceso de secesión catalán.
Ahora, sería la primera vez que el Ministerio Público podría hacer exactamente lo mismo contra Puigdemont si incumple la resolución del Constitucional.
Tras las condenas a los ex dirigentes independentista Puigdemont, quien fue elegido presidente a principios de 2016 con la única misión de llevar a la norteña región hacia la independencia en el plazo de 18 meses, prometió que el referéndum se celebrará a más tardar en septiembre, con o sin permiso del Estado español.
Para ello, el gobierno catalán es consciente que deberá incumplir la ley española, a menos que se produzca una hasta ahora improbable negociación con el Ejecutivo del presidente Mariano Rajoy para pactar un referéndum al estilo escocés.Fuente de la noticia

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